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Abogado lesiones Sevilla

Bufete Aguilar Pantoja despacho de abogado de lesiones en Sevilla

Abogados expertos en delitos de lesiones en Sevilla

Afronta el delito de lesiones con la mejor defensa en delito de lesiones de Sevilla

En Bufete Aguilar Pantoja contamos con amplia experiencia en defensa penal por delitos de lesiones en Sevilla. Sabemos que enfrentarte a una acusación de este tipo puede ser complicado y generar gran preocupación, por eso ofrecemos un asesoramiento legal personalizado, adaptado a cada caso.

Nuestra defensa incluye:

  • Análisis exhaustivo del caso para revisar pruebas médicas, testimonios y circunstancias que puedan jugar a tu favor.

  • Estrategias de defensa a medida, buscando la absolución, la reducción de penas o el archivo de la causa.

  • Representación experta en juicio y negociación de acuerdos favorables cuando sea posible.

  • Atención continua, manteniéndote informado en todo momento sobre el avance del proceso.

Si necesitas un abogado especialista en delitos de lesiones en Sevilla, contacta con nosotros hoy mismo. Te ofrecemos una consulta inicial para evaluar tu situación y proteger tus derechos con la máxima dedicación y profesionalidad.

Abogado delito lesiones  Sevilla
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¿Qué es el delito de lesiones?

El delito de lesiones se refiere a cualquier acción que cause un menoscabo en la integridad corporal o en la salud física o mental de una persona. Según el Código Penal español, este delito abarca diversas conductas que afectan la salud individual, ya sea de manera dolosa (intencional) o imprudente (por negligencia).

Las lesiones pueden clasificarse en diferentes categorías según su gravedad y las circunstancias en las que se cometen:

Lesiones leves:

Son aquellas que no requieren tratamiento médico o quirúrgico para su sanación, más allá de una primera asistencia facultativa. Estas lesiones suelen sancionarse con multas.

Lesiones menos graves:

Implican un daño que, sin ser leve, tampoco alcanza la gravedad de las lesiones graves. Pueden conllevar penas de prisión de tres meses a tres años.

Lesiones graves:

Ocasionan un daño significativo, como la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro no principal, o la deformidad. Estas lesiones se castigan con penas de prisión de tres a seis años.

Lesiones muy graves:

Provocan daños severos, como la pérdida de un órgano o miembro principal, de un sentido, o causan impotencia, esterilidad o una grave enfermedad somática o psíquica. Las penas para estas lesiones oscilan entre seis y doce años de prisión.

Además, el Código Penal contempla circunstancias que pueden agravar las penas, como el uso de armas, la alevosía, el ensañamiento, o si la víctima es menor de 14 años, tiene una discapacidad, es o ha sido pareja del agresor, o es una persona especialmente vulnerable que convive con el autor.

Es importante destacar que, para que una acción se considere delito de lesiones, debe existir un daño que menoscabe la integridad o salud de la víctima, y en muchos casos, que requiera tratamiento médico o quirúrgico para su sanación.

En resumen, el delito de lesiones en el derecho penal español abarca una variedad de conductas que afectan la integridad física o mental de las personas, con penas que varían según la gravedad del daño y las circunstancias específicas del caso.

¿Qué penas conlleva el delito de lesiones?

En el Código Penal español, el delito de lesiones se sanciona con diversas penas según la gravedad del daño causado y las circunstancias específicas del hecho. A continuación, se detallan las principales categorías y sus respectivas sanciones:

1. Lesiones que requieren tratamiento médico o quirúrgico:

  • Pena: Prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses.

  • Descripción: Se refiere a causar a otra persona una lesión que menoscabe su integridad corporal o salud física o mental, y que requiera, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico para su sanación.

2. Lesiones que no requieren tratamiento médico o quirúrgico:

  • Pena: Multa de 1 a 3 meses.

  • Descripción: Lesiones que, aunque afectan la integridad corporal o la salud, no necesitan más que una primera asistencia facultativa para su curación.

3. Golpes o maltrato de obra sin causar lesión:

  • Pena: Multa de 1 a 2 meses.

  • Descripción: Actos de violencia que no llegan a causar una lesión concreta en la víctima.

4. Lesiones con agravantes específicas:

  • Pena: Prisión de 2 a 5 años.

  • **Circunstancias agravantes incluyen:

    • Uso de armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas que sean peligrosos para la vida o salud de la víctima.

    • Actuar con ensañamiento o alevosía.

    • Que la víctima sea menor de 14 años o persona con discapacidad necesitada de especial protección.

    • Que la víctima sea o haya sido esposa o pareja del autor, aunque no haya habido convivencia.

    • Que la víctima sea una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.

5. Lesiones que causan daños graves:

  • Pena: Prisión de 6 a 12 años.

  • Descripción: Lesiones que resultan en la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, de un sentido, impotencia, esterilidad, grave deformidad o una grave enfermedad somática o psíquica.

6. Lesiones que causan daños menos graves:

  • Pena: Prisión de 3 a 6 años.

  • Descripción: Lesiones que provocan la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro no principal, o que causan deformidad no grave.

7. Lesiones por imprudencia grave:

  • Pena: Dependiendo del resultado:

    • Lesiones del tipo básico: Prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 18 meses.

    • Lesiones graves: Prisión de 1 a 3 años.

    • Lesiones menos graves: Prisión de 6 meses a 2 años.

  • Descripción: Lesiones causadas por una conducta imprudente grave, sin intención de causar daño.

Es importante destacar que, en ciertos casos, las penas pueden incrementarse si concurren circunstancias agravantes específicas, como las mencionadas anteriormente. Además, el Código Penal contempla situaciones particulares, como la mutilación genital, que tienen su propia regulación y sanciones específicas.

Dada la complejidad y las variaciones en las penas según las circunstancias de cada caso, es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho penal para una adecuada defensa o comprensión de la situación legal.

Bufete Aguilar Pantoja, tu abogado de lesiones en Sevilla

En Bufete Aguilar Pantoja, contamos con una sólida experiencia en la defensa de casos relacionados con delitos de lesiones en Sevilla. Entendemos la complejidad y las implicaciones legales de estos delitos, y nos comprometemos a ofrecer una defensa personalizada y efectiva para cada cliente. Si te enfrentas a una acusación por lesiones o requieres asesoramiento legal especializado, no dudes en contactarnos. Ofrecemos una consulta inicial para evaluar tu situación y determinar los pasos a seguir, asegurando que tus derechos sean protegidos en todo momento.

Preguntas más frecuentes sobre el delito de lesiones en Sevilla

Si te enfrentas a un procedimiento penal por lesiones en Sevilla —ya sea como acusado o como víctima— es normal que surjan dudas sobre los plazos, las posibles penas o la indemnización a reclamar. Contar con un abogado penalista especializado en lesiones no solo te ayudará a entender el proceso, sino también a proteger tus derechos desde el primer momento.

En el Bufete Aguilar Pantoja, con amplia experiencia en los Juzgados de Instrucción y de lo Penal de Sevilla, defendemos casos relacionados con agresiones, lesiones dolosas, imprudentes o en el ámbito de la legítima defensa. A continuación, respondemos a las preguntas más habituales que recibimos en nuestro despacho, con un enfoque práctico y pensado para situaciones que suelen darse en nuestra ciudad.

Me han citado como investigado por un delito de lesiones en Sevilla, ¿qué pasos debo seguir?

Acude cuanto antes a un abogado penalista local para que solicite copia de las diligencias y prepare tu declaración. Presentarte sin defensa ante la Policía Nacional (por ejemplo, la Comisaría de Blas Infante) o ante el Juzgado de Guardia puede limitar tu estrategia. Reúne partes médicos, vídeos y testigos desde el primer momento: los juzgados de Instrucción de Sevilla valoran mucho la prueba temprana y objetiva.

¿Cuánto se alarga normalmente un procedimiento por lesiones en los Juzgados de Sevilla?

Unas diligencias previas sencillas suelen cerrarse en 6-9 meses. Si hay periciales médicas o varios implicados, el proceso puede extenderse 12-18 meses y, si acaba en juicio ante el Juzgado de lo Penal nº 14 de Sevilla, la sentencia puede demorarse otros 3-6 meses. La sobrecarga de trabajo en los órganos sevillanos explica estas horquillas.

¿Puedo evitar entrar en prisión si es mi primer delito?

Sí. El Código Penal permite suspender condenas de hasta dos años —y de hasta cinco si existe acuerdo de reparación— siempre que sea la primera vez que delinques, hayas satisfecho la responsabilidad civil y la pena no supere esos límites (arts. 80-87 CP). Un abogado de lesiones en Sevilla gestionará la solicitud ante el mismo tribunal que dicte sentencia.

Lesiones dolosas vs. imprudentes: ¿por qué importa la diferencia?

Las dolosas exigen intención o, al menos, aceptación del riesgo; las imprudentes se producen por descuido grave. En la práctica, las dolosas conllevan prisión o multa mayor y antecedentes más duraderos. Demostrar imprudencia (por ejemplo, un empujón fortuito durante la Feria de Abril) puede rebajar la pena varios grados.

¿Cuándo prescribe un delito de lesiones?

La mayoría prescriben a los cinco años desde el hecho —plazo fijado por el art. 131 CP para delitos con penas inferiores a cinco años de prisión—, salvo las lesiones muy graves (pérdida de sentido u órgano), que prescriben a los diez años. La prescripción se interrumpe si te citan judicialmente.

¿Qué indemnización puede reclamar la víctima en Sevilla y cómo se calcula?

Se usa el baremo médico-legal de la Ley 35/2015 para valorar días de curación, secuelas y perjuicio moral. El forense del Instituto de Medicina Legal de Sevilla emite un informe que el juez toma como referencia. Las cantidades por día oscilan según afecte a la vida laboral o personal de la víctima.

¿Puedo llegar a una “conformidad” y evitar el juicio?

Sí. Si reconoces los hechos y hay acuerdo con la Fiscalía (y, en su caso, con la víctima), puedes obtener hasta un tercio de rebaja en la pena. El pacto suele cerrarse en fase intermedia o incluso el mismo día del juicio rápido en el Edificio Noga.

¿Es obligatorio ir con abogado a la declaración y al juicio?

Desde la primera citación en sede policial puedes designar abogado. En el juzgado es inexcusable. La defensa letrada evita contradicciones, propone prueba y negocia acuerdos. Si careces de recursos, puedes solicitar turno de oficio en el Colegio de Abogados de Sevilla (calle Chapineros, 6).

¿Qué documentos debería recopilar para mi defensa?

Partes médicos completos (Urgencias, especialista y rehabilitación), informes psicológicos si procede, facturas de gastos, testimonios por escrito, imágenes de cámaras municipales (se solicitan al Ayuntamiento en los primeros 30 días) y cualquier mensaje que acredite provocación o legítima defensa.

¿Qué atenuantes pueden rebajar la pena por lesiones?

Destacan: reparación del daño antes del juicio (pago o acuerdo indemnizatorio), legítima defensa incompleta, arrebato, confesión temprana y dilaciones indebidas. Un abogado local conoce los criterios habituales de la Audiencia Provincial para aplicarlas.

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