¿Por qué elegir a Bufete Aguilar Pantoja para afrontar un delito de hurto en Sevilla?
Nuestra trayectoria en la defensa de casos de derecho penal en Sevilla nos avala. En Bufete Aguilar Pantoja nos esforzamos por ofrecer un servicio que combine experiencia, dedicación y empatía. Sabemos que cada caso es único, y trabajamos incansablemente para obtener los mejores resultados para nuestros clientes.
Si te enfrentas a una acusación de hurto o necesitas orientación legal en Sevilla, no lo dudes. Contacta con nosotros hoy mismo y permítenos ser tu aliado en este momento crítico. Te ofrecemos una consulta inicial para evaluar tu situación y determinar los próximos pasos a seguir.
¿Cómo podemos ayudarte en Bufete Aguilar Pantoja con el delito de hurto en Sevilla?
En Bufete Aguilar Pantoja, somos conscientes de que enfrentarte a una acusación por hurto puede ser una experiencia estresante y desconcertante. Por ello, te ofrecemos un asesoramiento integral y personalizado para asegurar que obtengas la mejor defensa posible. Nuestra labor incluye:
Análisis detallado del caso: Examinamos minuciosamente las pruebas, testimonios y circunstancias que rodean la acusación. Esto nos permite identificar posibles errores procesales o debilidades en la acusación.
Estrategias de defensa: Diseñamos una estrategia adaptada a tu caso específico, buscando siempre la reducción de penas, la exoneración o el archivo de la causa en la medida de lo posible.
Representación en juicio: Si el caso llega a los tribunales, tendrás una representación experta que defenderá tus derechos de manera rigurosa y profesional.
Negociación de acuerdos: En ciertos casos, podemos intermediar para alcanzar un acuerdo favorable que minimice las consecuencias legales.
Atención continua: Te mantenemos informado en todo momento sobre el avance del proceso, resolviendo todas tus dudas y acompañándote en cada etapa.
¿Qué es el delito de hurto?
El hurto es un delito contra el patrimonio que se regula en el artículo 234 del Código Penal español. Se define como la sustracción de bienes ajenos sin el consentimiento del propietario y sin ejercer violencia o intimidación. La diferencia clave entre el hurto y el robo radica precisamente en la ausencia de fuerza sobre las cosas o de violencia hacia las personas.
El delito de hurto puede incluir desde pequeños objetos personales hasta bienes de mayor valor económico. Por lo general, se considera hurto cuando el valor del bien sustraído supera los 400 euros, en cuyo caso se clasifica como hurto leve o hurto agravado, dependiendo de las circunstancias del caso.
¿Qué penas conlleva el delito de hurto?
La pena que se impone por el delito de hurto varía según la gravedad del caso y las circunstancias específicas:
Hurto leve (cuando el valor del bien no supera los 400 euros): Se sanciona como una falta penal, con una multa económica proporcional al daño causado.
Hurto agravado (cuando el valor supera los 400 euros o se dan circunstancias agravantes, como actuar en grupo, abusar de confianza, o que el bien sustraído sea de especial valor o pertenezca a bienes culturales):
Prisión de 6 a 18 meses.
Además, existen situaciones donde las penas pueden agravarse aún más, como en casos de reincidencia o si se comete el hurto en una vivienda habitada, en cuyo caso podría considerarse un delito más grave.
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